V) INCENTIVOS A LA CONTRATACION LABORAL CON CARÁCTER
ESTABLE
( Decreto 149/2005, de 14 de junio, BOJA nº 122) Consejería
de Empleo.
I.- INCENTIVOS A LAS EMPRESAS Y ENTIDADES SIN ANIMO
DE LUCRO DE HASTA 250 PERSONAS TRABAJADORAS QUE REALICEN CONTRATACIONES
INDEFINIDAS A TIEMPO COMPLETO O PARCIAL .
1.- INCENTIVOS A LA CONTATACION INDEFINIDA
A TIEMPO COMPLETO O PARCIAL.
OBJETO: fomentar la estabilidad en el empleo
mediante la contratación estable de Mujeres, Jóvenes
menores de 30 , años, Técnico/a de Prevención
de Riegos Laborales, Personas paradas de larga duración
mayores de 45 años, Personas con discapacidad y Personas
pertenecientes a colectivos más vulnerables.
CLASE DE INCENTIVOS Y CUANTIA: desde 3.000
€ a 4.750 €.
Para la contratación de Personas con discapacidad las
ayudas son: por contratación indefinida a tiempo completo
4.750 €, incentivos a la adaptación de puestos
de trabajo con un máximo de 901.52 € , y bonificaciones
durante toda la vida del contrato de las cuotas de la Seguridad
Social, incluidas las de accidente de trabajo y enfermedad
profesional y las cuotas de recaudación conjunta en
las siguientes cuantías:
- Por cada persona discapacitada contratada menor de 45 años,
bonificación del 70% si es hombre, y del 90% si es
mujer.
- Por cada persona discapacitada contratada mayor de 45 años,
bonificación del 90% si es hombre, y del 100% si es
mujer.
Estas cuantías están establecidas
para contrataciones indefinidas a tiempo completo, cuando
lo sean a tiempo parcial, se reducirán en proporción
a la duración de la jornada, que no podrá ser
inferior a 20 horas semanales o su promedio en cómputo
anual.
2.- INCENTIVOS A LA CONTRATACION
EN LA MODALIDAD DE FIJOS – DISCONTINUOS.
OBJETO: fomentar la estabilidad
en el empleo mediante nuevas contrataciones fijas-discontinuas
de Mujeres, Jóvenes menores de 30 , años, Personas
paradas de larga duración mayores de 45 años,
Personas con discapacidad y Personas pertenecientes a colectivos
más vulnerables.
CUANTIA DE LAS AYUDAS: en
proporción al tiempo de trabajo, tomando como base
la cantidad de 3.500 € por cada contrato de trabajo.
REQUISITOS:
1.- Las personas contratadas deberán provenir de itinerarios
de inserción.
2.- Las entidades empleadoras deberán efectuar las
contrataciones mediante oferta genérica a través
de las oficinas del Servicio Andaluz de Empleo.
3.- Que nuevos contratos supongan para la entidad empleadora,
un incremento de plantilla indefinida respecto del mes anterior,
y al menos el 50 % de su plantilla debe estar contratada con
carácter indefinido.
II.- INCENTIVOS A LAS EMPRESAS Y ENTIDADES SIN ANIMO
DE LUCRO DE MAS DE 250 TRABAJADORES QUE REALICEN CONTRATACIONES
INDEFINIDAS A TIEMPO COMPLETO O PARCIAL.
OBJETO CUANTIA DE LAS AYUDAS:
Estos incentivos a estas empresas se articulan a través
de un contrato-programa, con una duración máxima
de tres años, que contemplará todas las políticas
activas de empleo que sean necesarias para la contratación
Las ayudas a la contratación indefinida a tiempo completo
pueden alcanzar la cantidad de 4.750 €.
REQUISITOS:
- Que las contrataciones se realicen a favor de los siguientes
colectivos: Mujeres, Jóvenes menores de 30, años,
Personas paradas de larga duración mayores de 45 años,
Personas con discapacidad y Personas pertenecientes a colectivos
más vulnerables.
- Que se reduzca la temporalidad de la plantilla en un 50%,
o bien la plantilla esté integrada al menos en un 80%
por personas contratadas con carácter indefinido.
- Que se adjunte informe emitido por el comité de empresa
de la entidad empleadora.
CUANTIA DE LAS AYUDAS: a
la contratación indefinida a tiempo completo hasta
4.750 €
III.- INCENTIVOS A LAS ENTIDADES
EMPLEADORAS DE HASTA 250 PERSONAS TRABAJADORAS POR LA TRANSFORMACIOND
E CONTRATOS DE DURACION DETERMINADA EN INDEFINIDO TANTO A
TIEMPO COMPLETO COMO PARCIAL.
OBJETO Y CUANTIA DE LAS AYUDAS:
1.- Fomentar la estabilidad en el empleo
de Mujeres, en los sectores de Hostelería, Construcción
y Comercio; Jóvenes menores de 30 años en los
sectores de Hostelería, Construcción y Comercio;
Personas mayores de 45 años; y Colectivos más
vulnerables.
2.- Transformación de contratos para
la formación en indefinidos, con independencia del
sector de trabajo, siempre que la empresa en los tres últimos
años no haya suscrito contratos de formación
con un número de personas igual o superior al 60% de
su plantilla.
3.- En ningún caso se incentivará
la contratación a tiempo parcial cuando la jornada
de trabajo resulte inferior a 20 horas a la semana o su promedio
en cómputo anual.
4.- La ayuda por contratación será
de 3.000 € por contrato, o parte proporcional si es a
jornada parcial.
CONDICIONES: Que la transformación
de contratos suponga para la entidad empleadora, un incremento
de la plantilla contratada con carácter indefinido,
respecto del mes natural anterior, y al menos el 50% de su
plantilla debe estar contratada con carácter indefinido
o alcanzar este porcentaje a partir de las nuevas contrataciones.
PLAZOS: Se podrán acoger a estos incentivos,
una vez entren en vigor, las solicitudes que se presenten
respecto a los contratos indefinidos o transformaciones de
contratos de duración determinada en indefinidos que
se hayan formalizado a partir del 1 de enero de 2005 y reúnan
los requisitos establecidos.